Las farmacias sólo podrán dedicarse a la venta de recetas preparadas, dispensa de drogas, medicamentos, incluidos de venta libre y especialidades farmacéuticas. Quienes no retiren otros productos de su oferta recibirán sanciones.
El Gobierno nacional reglamentó la ley de farmacia por la cual en estos negocios no se podrá comercializar más productos alimenticios, golosinas y bebidas.
La resolución Nº1632/2013 publicada ayer en el Boletín Oficial precisa que las farmacias sólo podrán dedicarse a la venta de recetas preparadas, dispensa de drogas, medicamentos, incluidos de venta libre y especialidades farmacéuticas cualquiera sea su condición de expendio.
También habilita la comercialización de los productos destinados a la higiene o estética de las personas y artículos para diagnósticos.
De esta forma, se otorga un plazo de 90 días para la adecuación de los locales que no podrán comercializar más alimentos, golosinas y otros enseres. La más afectada será la cadena Farmacity, que con más de 400 locales ya concentra el 30 por ciento del mercado farmacéutico.
La Resolución, firmada por el ministro de Salud nacional, Juan Luis Manzur, tiene fecha del 10 de octubre y fue publicada ayer en el Boletín Oficial, por lo tanto su entrada en vigencia es a partir del 23 de enero de 2014. Quienes no retiren esos productos de su oferta, superado ese lapso, recibirán sanciones.
La medida apela a la reciprocidad con los kioscos. En noviembre de 2009, en varias regiones del país se había determinado la prohibición para los kioscos de comercializar medicamentos de venta libre, como por ejemplo analgésicos, se recuerda.
Fuente: diario El Cronista.