El gobierno provincial presentó este lunes una nueva propuesta salarial para el sector docente, que regirá a partir de este mes, y que contiene relevantes mejoras respecto de las anteriores. Se garantiza un salario inicial de bolsillo de 6.550 pesos a partir de marzo (31 por ciento) y de 6.805 desde agosto (36 por ciento), para los maestros de jornada simple.
- Se incrementó fuertemente el porcentaje de aumento a marzo, fijándolo en un 20 por ciento y se acortaron los plazos, de manera tal que en agosto se terminaría de efectivizar el aumento que en su conjunto ronda para los cargos de maestros y profesores secundarios el 35 por ciento de bolsillo, y para el maestro que recién se inicia el 36 por ciento.La oferta se destaca además porque todos sus componentes son remunerativos, trasladando los porcentajes de incremento al sector pasivo.
El incremento propuesto demandará una suma estimada en 1.430 millones de pesos respecto del costo anual a valores de febrero. La nueva propuesta se formalizó en el marco de la audiencia de conciliación concretada en el Juzgado Laboral Nº 4, de Paraná, donde se reunieron las partes.
Representa un mayor costo financiero de 367 millones de pesos con respecto a la primera oferta del 23 de febrero, de 209 millones en relación a la propuesta del 4 de marzo y de 168 millones sobre la del 10 de marzo.
Al referirse a la propuesta, la titular del Consejo General de Educación, Claudia Vallori, dijo que “es una propuesta superadora en relación con la presentada el 23 de febrero cuando iniciamos las negociaciones y que contempla el traslado del incremento a marzo en un 20 por ciento para el código básico y que incluso reduce los plazos a agosto. Es una suba progresiva que otorga más al que menos cobra. Creo que estamos respondiendo a las demandas de nuestros docentes. Y nos enorgullece poder decir que este aumento supera ampliamente la media nacional y es una muestra del compromiso de la gestión de nuestro gobernador con la Educación”, resaltó la funcionaria.
Por su parte, el director de Liquidaciones y Recursos Humanos del CGE, Néstor Grifoni, afirmó que “en esta propuesta se incrementó fuertemente el porcentaje de aumento a marzo, fijándolo en un 20 por ciento y se acortaron los plazos, de manera tal que en agosto se terminaría de efectivizar el aumento que en su conjunto ronda para los cargos de maestros y profesores secundarios el 35 por ciento, de “bolsillo”; y para el maestro que recién se inicia el 36 por ciento”.
Y agregó: “A todos estos montos se les debe adicionar los conceptos que cada agente percibe por asignaciones familiares. Y lo que consideramos fundamental que todos tengan en claro que estos porcentajes se verán reflejados en el cajero”.
Detalles
A continuación se describen los principales elementos o componentes de la nueva propuesta:
1.- El incremento del valor punto índice se eleva al 20 por ciento en marzo y se fija en el 9 por ciento en agosto para los cargos de jornada simple; y en 23 por ciento y 12,2 por ciento, respectivamente, para el de jornada completa.
2.- Se incrementan los valores de la tabla del código 06 (remunerativo), en lo siguiente:
a. Cargos de hasta 971 puntos de jornada simple y jornada completa y horas cátedra: a partir del mes de marzo se incrementa un 21 por ciento.
b. Cargos de más de 971 puntos: a partir de marzo se incrementa un 20 por ciento.
c. Para todos los cargos y horas cátedras: a partir de agosto se incrementa un 12 por ciento.
3. Se elimina el código 113 (Compensación Nación) de 100 pesos para jornada simple y de 200 pesos para jornada completa, incorporándolo al código 06, transformándolo en remunerativo, con valores de 145 y 250 pesos, respectivamente, lo que evita que se disminuya el salario de bolsillo por los aportes que implican su transformación en remunerativo.
4. El salario básico conformado (códigos 01 y 02) se incrementa de la siguiente manera:
Los nuevos valores de salario básico conformado, que estaban en 3.226 pesos, pasan a 3.871 pesos en marzo (20 por ciento) y a 4.219 pesos en agosto (30,8 por ciento). Estos superan el 50 por ciento del salario mínimo del cargo testigo, maestro de grado, sin antigüedad.
5. Se garantiza un salario inicial de bolsillo de 6.550 pesos a partir de marzo (31 por ciento) y de 6.805 desde agosto (36 por ciento), para los maestros de jornada simple con una carga horaria de 20 horas semanales. Esto implica un aumento notablemente superior al propuesto el 23 de febrero que pasaba a 5.730 pesos en marzo (15 por ciento) y a 6450 pesos en septiembre (29 por ciento).
En tanto, para jornada completa se pasa de 8.520 pesos en marzo a los 9.570 pesos en agosto. El punto índice de la jornada completa se eleva a 1,74 por ciento en relación a la jornada simple. Este porcentual ha sido mejorado notablemente en los últimos años puesto que en marzo de 2011 era del 1,27 por ciento, en marzo de 2012 de 1,42 por ciento, en marzo de 2013 de 1,50 por ciento y en marzo de 2014 de 1,59 por ciento.
6. Se mejora la relación entre el valor del punto índice correspondiente a jornada completa respecto al de jornada simple, la cual en febrero de 2015 es del 1,65 y en la nueva propuesta se eleva a 1,74.
7. Se eleva el adicional incorporado por Decreto Nº 880/14 para los docentes que dicten 18 horas cátedras de nivel secundario o su proporcionalidad en los siguientes porcentajes: marzo 21 por ciento (484) y en agosto 12 por ciento (542).
8. En agosto se duplican los montos abonados en concepto de FONID, pasando de 255 a 510 pesos para los cargos de jornada simple y de 510 a 1.020 pesos para cargos de jornadas completa, conforme a lo acordado en el ámbito de las Paritarias Nacionales.
9. Se incrementa el valor del código 029, correspondiente a la compensación por traslado, en un 35 por ciento, pasando de 870 a 1.174,50 pesos.
El financiamiento de las erogaciones que demanden el pago de las remuneraciones futuras resultantes de la propuesta formulada, ha sido evaluado por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas en base a las proyecciones y/o estimaciones de mayores recursos que puedan percibirse en concepto de Coparticipación Federal de Impuestos, Régimen General y Complementarios, de los recursos tributarios provinciales, del mantenimiento de transferencias de origen nacional para financiar remuneraciones y de la posibilidad de concretar la refinanciación y/o reestructuración de servicios de la deuda.