El abogado Damián Arévalo, dialogó con Realidad Regional y llevó claridad sobre el tema tarifas. Además habló de la situación de los servicios en Feliciano y como podemos defendernos ante los atropellos.
¿ Qué opinión le merece la situación tarifaria de los servicios públicos y como afecta ello a los usuarios de nuestra ciudad?
Legalmente puedo decirte que estamos frente dos situaciones que serían importantes destacar. Una, la cuestión de fondo, que radica en la necesidad de actualizar las tarifas de gas y electricidad, teniendo en cuenta los aumentos en los costos del servicio. Pareciera de sentido común, que una actualización era necesaria. Pero la otra cuestión, es de forma, es decir cómo implementaría el gobierno nacional el aumento de los costos de estos servicios. Y allí estuvo el problema, allí la ligereza, puesto que se obviaron pasos constitucionales obligatorios para ello, principalmente, la audiencia pública previa.
En nuestra ciudad se ven implicados en estos aumentos los usuarios del servicio eléctrico Enersa y también los usuarios del Servicio Prestado por Gas Nea. Las tarifas de ambas empresas han sufrido aumentos considerables, aunque no tan marcados como en otras provincias.
¿Qué dijo la Corte en su fallo sobre el aumento de las tarifas?
La Corte Suprema de Justicia, en un primer fallo, en el mes de agosto pasado, mandó a retrotraer las tarifas de Gas a los valores vigentes antes de los aumentos dispuestos por resolución emanada desde el Ministerio de Energía de la Nación. La Corte Suprema de Justicia fundó esa sentencia en la necesidad de realizar previamente una audiencia pública. En esa ocasión solo limitó su fallo solo al servicio de Gas. Sin embargo en el Fallo de la Corte Suprema sobre las tarifas eléctricas publicado hoy, la Corte rechazó la legitimidad que tenían los accionantes en contra del aumento en la tarifa eléctrica. De esta manera la Corte no se pronunció sobre si el aumento estaba adecuado a la ley o no, sino que fue una cuestión principalmente procesal, por lo que los aumentos en la energía eléctrica seguirían vigentes. De todos modos, las empresas de energía, teniendo en cuenta ello, continúan realizando el llamamiento a Audiencias Públicas en las distintas provincias de nuestro país Es importante destacar también que si el Gobierno Nacional o Provincial convoca a audiencias públicas, puede decidir igualmente un nuevo incremento, puesto que las audiencias públicas no son vinculantes y el Poder Ejecutivo puede adoptar los incrementos que tenía pensado originariamente.
¿Que son las audiencias públicas?
Las Audiencias Públicas son un requisito esencial para adoptar cualquier decisión en materia de tarifas de los servicios públicos. El sustento jurídico está en el art. 42 de la Constitución Nacional, que prevé la participación de los usuarios en los temas relacionados con los mismos, atentos a que el precio no se adecúa libremente a la oferta y la demanda sino que lo fija el estado. La Audiencia pública para tratar la Tarifas eléctricas en E.R. se realizó días atrás en Villaguay, convocada por el Ente Provincial Regulador de Energía (EPRE.). Este organismo tendrá ahora un período de 60 días para analizar las propuestas y definir el precio energético para los próximos cinco años. En dicha audiencia participaron ENERSA, Defensa del Consumidor y del Pueblo, colegios de profesionales, gremios entre otras entidades. La audiencia pública para tratar las tarifas de gas se realizará a mediados del mes de septiembre en la ciudad de Buenos Aires, se estima que el aumento de gas que presentara el gobierno será, en una media, cercano al 203 %.
¿ Cuál es la situación con los usuarios que ya pagaron los aumentos?
Eso depende de la empresa de servicios públicos que se trate. Entiendo que la mayoría de estas empresas van a realizar notas de créditos a sus usuarios en las próximas facturas. Si los usuarios ya pagaron montos importantes en las anteriores, es probable que con la emisión de la nueva facturación, se encuentren con montos mínimos a pagar o inclusive cero.
Cada día se ha vuelto más frecuente que los servicios privados de cable o internet en nuestra ciudad son prestados en forma deficiente: canales que se ven mal, o directamente no se ven, falta de servicio técnico, facturación de días en los cuales no se prestó el servicio, aumentos del costo del servicio, baja velocidad de internet distinta a la contratada, canales para ver, que fueran ofrecidos, pero que no se encuentran en la grilla. ¿Qué se puede hacer?
Este tipo de infracciones, son contrarias a la ley de defensa del Consumidor. En general se basan en la posición dominante de las empresas prestarías en nuestra ciudad o también por la poca competencia, donde se pueden llegar a generar verdaderos abusos a los consumidores conjuntamente con un mal servicio.
Para este caso, los usuarios poseen varias posibilidades: reclamos por escrito (por duplicado) a los proveedores del servicio en cuestión, de manera que sirva para obtener una respuesta fehaciente por parte de los mismos.
También pueden realizar una nota dirigida a Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la provincia en la OMIC local, redactando la problemática y las pretensiones que desee, anexando fotocopias de toda la documentación relacionada al problema. En este caso siempre se debe identificar correctamente a la empresa prestaría, domicilio y teléfono. Generalmente ante estos reclamos, estas oficinas fijan audiencias para darle curso a los trámites del reclamo.
Además, con el patrocinio o asesoramiento de profesionales jurídicos, en caso de la existencia de reclamos generales de los usuarios sobre un determinado servicio público o privado, cuando existen intereses individuales homogéneos - o sea una causa común –, se puede realizar una acción judicial en caso de la comprobación de una mala prestación de un servicio, debido a que hay homogeneidad del reclamo. Son las llamadas acciones de clase, que sirven para este tipo de pretensiones de varios usuarios que se ven perjudicados ante la contratación de un servicio determinado.