Héctor Padilla, de 42 años, fue declarado inimputable por matar al vecino Elide Monges y le dictaron la medida de seguridad de internación en un psiquiátrico. El hecho había ocurrido en Concepción del Uruguay.
“Medida de seguridad” se llama a lo que el Estado puede hacer con una persona que cometió un delito y que es peor que una condena: el encierro prácticamente perpetuo sin posibilidad de régimen de resocialización. Es excepcional y ayer se aplicó sobre un hombre que asesinó a hachazos a un vecino en Concepción del Uruguay. Héctor Germán Padilla tiene 42 años y todos los informes de profesionales de la salud mental que intervinieron en su caso coincidieron en que su libertad implica un grave peligro para sí como para terceros. La Justicia resolvió que pase los próximos 35 años de su vida en un hospital neuropsiquiátrico.
El 5 de agosto del año pasado, en el barrio San Isidro, Padilla le arrojó una piedra a un vehículo que pasaba por la calle, conducido por Fanny del Valle Pérez. La mujer se bajó a reclamarle su actitud y el daño que le ocasionó en la puerta de su vehículo, pero Padilla salió con un hacha en la mano y le destruyó el auto.
Instantes después intervino un vecino, Elide Pedro Monges, de 73 años, quien fue atacado por Padilla con el hacha: en forma salvaje lo golpeó en la cabeza hasta dejarlo inconsciente, tirado en la calle, y luego huyó corriendo. A las pocas cuadras lo detuvo la Policía. Monges falleció el 23 de agosto, luego de pelear por su vida en el hospital Urquiza.
En la investigación todo apuntaba a Padilla como el autor del asesinato, mientras que los informes de médicos, psiquiatras y psicólogos coincidían en que el hombre tenía un padecimiento mental que le impedía discernir en sus actos. En diciembre se dispuso su traslado desde la cárcel hasta el hospital neuropsiquiátrico de Federal, donde pasará el resto de su vida.
Ayer, la jueza de Garantías Melisa Ríos comunicó el fallo donde hizo lugar al pedido de la fiscal María Albertina Chichi: dictar el sobreseimiento por inimputabilidad de Padilla y ordenar la medida de seguridad por el plazo de 35 años, informó el sitio 03442.
Según pudo averiguar diario UNO, Padilla tenía un antecedente de noviembre de 2014, cuando lo imputaron por el delito de lesiones.
Por el episodio del 5 de agosto de 2021, lo imputaron por los delitos de Daño y Homicidio agravado por ensañamiento.
El 2 de febrero, la fiscal pidió el sobreseimiento y la internación con el plazo límite de por tres décadas y media para Padilla, apoyándose en diagnósticos de los profesionales que intervinieron.
La defensora Romina Alejandra Pino acordó con lo solicitado por la Fisalía, pero planteó dos objeciones: una, sobre la calificación legal del hecho (que no se contemple la alevosía y el ensañamiento); y la otra, que el término máximo de la medida de seguridad sea 15 años, con intervención del equipo de salud mental y se notifique al órgano de revisión de Salud Mental del gobierno de Entre Ríos, a cargo de Martín Cabrera.
Al momento de resolver, la jueza Ríos coincidió por completo con la acusación pública y dictó la sentencia en consecuencia. De este modo, dispuso la conversión de la internación provisional en medida de seguridad para Padilla en el hospital Colonia de Salud Mental Dr. Raúl Caminos, de Federal.
“La medida se dispone con el objeto de que Padilla reciba tratamiento médico psicoterapéutico-psiquiátrico y farmacológico pertinentes hasta superar su cuadro agudo, proveyendo a su control y tratamiento conforme a lo sugerido por el Equipo Interdisciplinario del Juzgado de Familia, con el plazo de 35 años como límite máximo para el cumplimiento de la medida de seguridad, que podrá reducirse en caso de recuperación, ello por resultar la pena fijada por la ley para el delito correspondiente al injusto que se le atribuye Padilla, quien permanecerá con custodia policial permanente durante su internación”, sostiene la resolución judicial, y agrega “hasta nueva disposición del juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad de Concordia”.