A través de las redes sociales, se viralizaron imágenes recientes de embarcaciones y "pescadores" que se filmaron con un número no permitido de piezas, en donde se pueden ver dorados y bogas; a metros de la Represa de Salto Grande.
El sitio de noticias Diario Río Uruguay tuvo acceso a las imágenes, que fueron ampliamente difundidas por las redes sociales. Fuentes consultadas por este medio confirmaron que los videos son tanto reales como recientes, lo cual agrava la situación y da cuenta de que el flagelo de la depredación del recurso continúa en la zona costera local.
Incluso, entre los supuestos "pescadores" existió una suerte de reproche público y mutuo por el "escrache" que suponen las tomas en video, a metros de la Represa de Salto Grande.
En las imágenes se pueden ver a varios ejemplares de dorados y muchos más de bogas, sobre las embarcaciones; ante los comentarios - supuestamente jocosos - de sus tripulantes.
Lo que dice la reglamentación
Vale recordar que la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), en su resolución 101/2022 publicada en el Boletín Oficial el pasado 5 de enero de 2023, expresa la "necesidad de regular la actividad de pesca dada la bajante existente en el Río Uruguay y de proteger las especies de interés comercial y deportivo".
Allí, se establece "la veda de pesca comercial, deportiva y artesanal en horario nocturno, en el Río Uruguay" y se deja en claro que la medida "comprenderá las veinticuatro horas de los días sábados y domingos".
Además, autoriza "la pesca deportiva embarcada con devolución obligatoria de las piezas, en tanto la pesca deportiva con caña o línea desde la costa sin devolución obligatoria de piezas comprenderá todos los días de la semana en el tramo del Río Uruguay de jurisdicción territorial de la CARU".
La excepción a la reglamentación es para "la pesca con fines de subsistencia y de investigación, requiriéndose para este último supuesto la previa autorización de CARU".
Por último, se especifica que "se mantiene prohibición de pesca en todas las modalidades en la zona definida por la Resolución N°29/07, a la altura de Puerto Yeruá" y que "las disposiciones establecidas en los artículos 1° y 2° de la presente Resolución tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023".