Las autoridades regionales del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) en Entre Ríos manifestaron su asombro por las declaraciones del delegado de FARER, Claudio Álvarez Daneri, y recordaron que el organismo estatal, como autoridad veterinaria oficial en la Argentina es la única que puede establecer planes sanitarios oficiales.
Asimismo, el Centro Regional Entre Ríos del Senasa recordó que, como autoridad veterinaria, el organismo nacional es la única instancia que puede otorgar certificados oficiales de establecimiento negativo o establecimiento libre de brucelosis bovina, zonas o territorios libres y situación sanitaria del país.
La certificación oficial del Senasa es la única válida para el transporte, comercio y consumo interno y es la única aceptada por las autoridades veterinarias de terceros países al momento de la exportación de productos animales y por los organismos internacionales como la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).
Las exigencias de exportación de productos animales las establece la autoridad veterinaria del país comprador en base a un análisis de la situación sanitaria que realiza a cada país exportador y que es diferente para cada país.
El Senasa cuenta con profesionales con expertise y experiencia técnico- científica en epidemiología, análisis de riesgos, planificación estratégica, diagnóstico, negociaciones y foros internacionales, entre otros.
El Senasa es además responsable de prevenir, controlar y erradicar las enfermedades que afectan la salud pública, afectando la brucelosis a la salud de los trabajadores de la carne, veterinarios y empleados y familias rurales.
Velar por la salud pública y la sanidad animal es también responsabilidad de los veterinarios de ejercicio privado y sus estructuras colegiadas.
La Ley N° 27.233 asigna la responsabilidad de velar y responder por la sanidad, inocuidad, higiene y calidad de su producción, a los productores, comercializadores e industrializadores de animales y de los alimentos derivados de animales.
La Determinación obligatoria de estatus sanitario (DOES) es un requisito oficial obligatorio en todo el territorio nacional para establecimientos que tienen las categorías vaca, vaquillona y toro, ya sea realizada de manera total (permite certificación oficial de predio libre) o sea realizada a través de un muestreo (alternativa más accesible permitida por Senasa para certificación oficial de predio negativo).
Los productores que no realicen la DOES, en esta primera instancia quedarán excluidos del destino China dada la exigencia de ese destino que debe ser certificada por Senasa como autoridad veterinaria y en la próxima etapa los productores que no realicen la DOES obligatoria no podrán mover animales hasta tanto la realicen.