La Cámara alta tiene previsto debatir en la sesión del próximo miércoles la modificación a la Ley Electoral, que habilita a los jóvenes de entre 16 y 18 años a votar en forma optativa en elecciones nacionales
El proyecto que fue impulsado por los senadores oficialistas Aníbal Fernández y Elena Mercedes Corregido, se analizó durante más de un mes en audiencias públicas, en las cuales expusieron aproximadamente 150 oradores, desde constitucionalistas hasta miembros de centros de estudiantes de todo el país.
La iniciativa cuenta con el apoyo de la bancada del Frente para la Victoria, de sus aliados y de algunos sectores de la oposición, como integrantes del interbloque del Frente Amplio Progresista y del Peronismo Federal.
El radicalismo, en tanto, anunció que impulsará cambios en el proyecto del oficialismo, aunque no adelantó cuáles serán las modificaciones que propiciará en la sesión del miércoles.
El expediente, que una vez aprobado pasará a Diputados para ser convertido en Ley, había sido presentado en conjunto con otro que le permitía votar en las elecciones nacionales a los extranjeros con dos años de residencia en el país, pero el debate de ese proyecto fue postergado.
La iniciativa modifica varias leyes, entre ellas la Ley de Ciudadanía, la Ley del Registro Nacional de las Personas y la mencionada Ley Electoral, y contiene modificaciones con respecto al proyecto diseñado por Corregido y Fernández, quienes con esta propuesta lograron abrir este debate para habilitar el voto desde los 16 años.
El dictamen establece que "los argentinos que hubiesen cumplido la edad de 16 años gozan de todos los derechos políticos, conforme a la Constitución y a las leyes de la República".
La norma también introduce una novedad y es que la actualización del documento nacional de identidad de los menores que hasta la sanción de esta iniciativa se realizaba a los 16, ahora deberá realizarse a los 14.
La facultad de votar que incluye a los menores de entre 16 y 18 años y los mayores de 70, resulta una carga cívica. Aunque la legislación omite sanciones a aquellos electores de las mencionadas edades, por el cual el voto se convierte en optativo. La norma introduce modificaciones que, a simple vista, parecen correcciones formales, como el cambio de la palabra "ciudadano" por "elector".
Sin embargo, ese recurso es fundamental para dejar establecido que los menores de 18, en este caso, no son alcanzados por las generales de la ley en caso de no emitir su voto.
Para dejar en claro ello, los senadores modificaron el artículo 125 del Código Electoral que, a partir de su sanción, ratifica multas y sanciones sólo a los electores mayores de 18 años y menores de 70.
Lo mismo ocurre con las constancias de no emisión del voto de los empleados públicos nacionales, provinciales o municipales mayores de edad y hasta los 70 años.
Además, tampoco podrán ser autoridades de mesa, de acuerdo con las modificaciones introducidas a la Ley Electoral que establece esa labor a los electores hábiles que residan en la sección electoral donde sufragan y que tengan entre 18 y 70 años de edad.
La norma también introduce modificaciones en la Ley de Partidos Políticos, en la Ley de Consulta Popular, en la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos y en la de Transparencia de los Partidos Políticos, con el objetivo de cambiar la palabra "ciudadano" por la de "elector", para poder adecuar la participación de los menores de 18 años entre las prerrogativas vinculadas con el acto de sufragar.
Entre otros aspectos, por ejemplo, se aclara que los menores quedan exceptuados de participar de la administración financiera de los partidos políticos.