Las personas censistas acreditadas recorrerán todas las viviendas particulares en áreas urbanas del país. Van a realizar las entrevistas presenciales en caso de que corresponda. Si completaste el Censo digital, solo te van a pedir el comprobante de finalización.
Este es un código alfanumérico de 6 dígitos que se genera automáticamente al terminar de completar el cuestionario censal. Lo podés descargar y, además, lo vas a recibir en el correo electrónico que registraste al inicio del Censo (no es necesario imprimirlo). Si en la vivienda hay más de un hogar, todos utilizarán el mismo comprobante de finalización.
El Día del Censo, entre las 00:00 y las 20:00, no se podrán realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, espectáculos ni reuniones públicas. Tampoco podrán permanecer abiertos los clubes y comercios de venta de artículos alimenticios (Ley 24.254).
Todas las personas que habitan en el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario censal, según el artículo 17° del Decreto 726/2020.
La información obtenida solo será utilizada con fines estadísticos, según el artículo 18° del Decreto 726/2020. Tus respuestas son confidenciales y el INDEC no comparte los datos individuales que se brindan a través del Censo con ninguna persona física ni organismo público o privado.
Censo digital
El Censo digital estará habilitado desde el miércoles 16 de marzo hasta el lunes 16 de mayo de 2022 inclusive.
Por primera vez, tendrás la posibilidad de completar el cuestionario censal en línea. Solo necesitás tener una computadora, tableta o celular con acceso a internet. El objetivo de esta herramienta es que todas las viviendas particulares en áreas rurales y urbanas puedan autocensarse cuando y donde quieran, además de optimizar los tiempos de completamiento.
¿Sabés qué es una vivienda particular? Son las que están destinadas al alojamiento de uno o más hogares en donde las personas viven bajo un régimen de tipo familiar (sean o no parientes). Los tipos de viviendas particulares son: casa, rancho, casilla, departamento, pieza ocupada en inquilinato (en hotel familiar o pensión), local no construido para habitación ocupado y vivienda móvil ocupada (casa rodante, barco, carpa u otra).