Realidad Regional accedió al documento presentado por el apoderado del frente "Cambiemos" Martín Lombardo, ante la Junta Nacional Electoral por el cual se pide suspender las elecciones en Feliciano y otras localidades
En el día de la fecha, la alianza electoral Cambiemos, ha solicitado en virtud de la inconstitucionalidad de la convocatoria realizada por el Poder Ejecutivo provincial en el ámbito Municipal, a la Junta Nacional Electoral Suspenda la elección en la categoría de gobierno municipal en las localidades de San José de Feliciano, Herrera, Oro Verde, Ceibas, general Campos, Rincón del Doll - Molino Doll y en el departamento Victoria la categoría de precandidato a senador, solicitando a la Honorable Junta se dicten las medidas conducentes para regularizar debidamente el proceso, asegurando la elección y hasta tanto se resuelvan los amparos planteados ante la justicia provincial.
Esta acción planteada tiende a garantizar que el derecho electoral no se resuelva abstracto, o bien planteo de nulidades posteriores.
Se tiene en claro que en ningún momento existió decreto alguno de convocatoria municipal, ni actuación de Junta Electoral Municipal Departamental como corresponde constitucionalmente; esto es lo que atacamos.
La Provincia de Entre Ríos establece claramente en su constitución la oficialización y control de las Juntas Electorales Municipales por Departamento (Art. 87 inc. 13 C.P.E.R) proximidad que evita el traspapelo, la distancia, y que por supuesto coloca en la proximidad política las soluciones a un trámite que se ha vuelto tortuoso, de realización por demás engorrosa, amén de haber dictado la provincia de Entre Ríos, una ley que modifica a la ley convocante LUEGO DE LA CONVOCATORIA (ley 10.357) de esta manera invade la soberanía política también dictada por la C.P.E.R, dictando asimismo términos exiguos para los nuevos y complejos trámites, y siendo además la primera vez que se realizan de esta manera las internas.
Los recursos planteados se han rechazado como decimos, estando los remedios en marcha, pero no llegaría por ese camino a oficializar, quitar el derecho a participar de una interna partidaria en las condiciones citadas es llevar al límite la rigidez de un sistema que precisamente no es rígido en el principio de producir o salvar la elección, como manifestación pura y simple de pensamiento y voluntad política de sus ciudadanos, en una suerte de proscripción pulida, no permitir la participación en la elección de estas listas, en ningún caso únicas del frente o alianza "Cambiemos" que compiten en sus respectivas localidades, implica lisa y llanamente LA PROCLAMACIÓN EN OCTUBRE DE OTRO PARTIDO POLÍTICO.